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sábado, 17 de outubro, 2026

2018 no termina, pero ya suman 51 los feminicidios

Conozca los tipos de violencias contra la mujer

23/11/2018 05h20 – La Nacion

amona Cardozo Balbuena, de 27 años, fue muerta tras recibir golpes de martillazos por parte de su concubino, César Montanía Villagra, de 35 años, quien posterior al hecho se dio a la fuga. Ocurrió en la ciudad de Ypejhú, departamento de Canindeyú.

El principal sospechoso se encuentra prófugo hasta el momento. Ambos eran padres de dos hijos menores de 2 y 6 años de edad. Allegados manifestaron a agentes policiales que la pareja se separó hace más de 3 meses. Agregaron que eran muy frecuentes las discusiones y el maltrato por parte del sujeto.

La mujer se convierte en la víctima número 51 de feminicidio, en lo que va del año.

¿Contra qué protege la 5777?

La Ley tiene por finalidad garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, como condición para el ejercicio pleno de los derechos reconocidos por la Constitución Nacional y por los instrumentos internacionales de derechos de las mujeres aprobados y ratificados por Ley de la Nación.

Tipos de Violencia

  • VIOLENCIA FEMINICIDA. Es la acción que viola el derecho fundamental a la vida y causa la muerte de la mujer por el hecho de serio, se reconoce la figura del tipo penal feminicidio, cuyo marco penal será el equivalente al homicidio agravado.

  • VIOLENCIA FÍSICA. Acción que ocasiona lesiones o daño corporal a la mujer, produciéndole dolor, daño interno, externo, o ambos; temporal o permanente; que se manifiesta de forma inmediata o en el largo plazo, empleando armas o cualquier otro medio.

  • VIOLENCIA PSICOLÓGICA. Acto de desvalorización, humillación, intimidación, coacción, presión, hostigamiento, persecución, amenazas, control y vigilancia del comportamiento y aislamiento impuesto a la mujer

  • VIOLENCIA SEXUAL. Conducta por la que se obliga a una mujer a mantener contacto o comportamiento de contenido sexual, sea genital o no.

  • VIOLENCIA CONTRA LOS DERECHOS REPRODUCTIVOS. Acción u omisión que impida, limita o vulnera el derecho de la mujer a recibir información, orientación, atención integral y tratamiento durante el embarazo o pérdida del mismo, parto, puerperio y lactancia, a decidir libre y responsablemente el número de hijas e hijos que desea tener, el espaciamlento de los nacimientos, a ejercer una maternidad segura, a elegir métodos anticonceptivos seguros o que signifiquen la pérdida de autonomía y capacidad de decidir libremente sobre su cuerpo. Queda prohibida la interrupción del embarazo, salvo la causa de justificación establecida en el Código Penal.

  • VIOLENCIA PATRIMONIAL Y ECONÓMICA. Acción u omisión que produce daño o menoscabo en los bienes, valores, recursos o ingresos económicos propios de la mujer o los gananciales por disposición unilateral, fraude, desaparición, ocultamiento, destrucción u otros medios, así como el negar o impedir de cualquier modo realizar actividades laborales fuera del hogar o privarle de los medios indispensables para vivir.

  • VIOLENCIA LABORAL. Acción de maltrato o discriminación hacia la mujer en el ámbito del trabajo, ejercida por superiores o compañeros de igualo inferior jerarquía que la mujer a través de descalificaciones humillantes, amenazas de destitución o despido injustificado, despido a la mujer embarazada, alusiones a la vida privada, imposición de deberes ajenos a las funciones, servicios fuera de horarios no pactados, procesos administrativos injustos, negación injustificada de permisos o licencias por enfermedad, maternidad, vacaciones, sometimiento a una situación de aislamiento social ejercidas, incluida la obstaculización, por motivos discriminatorios de su acceso al empleo, permanencia o ascenso, o que le impone requisitos sobre su estado civil, familiar, edad y apariencia física, incluida la obligación de realizarse pruebas de Virus de Inmunodeficiencia Humana VIH/SIDA y a la prueba de embarazo.

  • VIOLENCIA POLÍTICA. Acto de agresión física, psicológica, presión, persecución, hostigamiento o amenaza en contra de una mujer candidata, electa, designada o en ejercicio de la función político-pública, por su condición de mujer o haciendo referencia a su intimidad o en contra de sus familiares, con el propósito de impedir que continúe en campaña política, que renuncie a la candidatura o cargo que ejerce, de acortar o suspender su mandato, impedir el ejercicio de sus atribuciones o funciones inherentes a su cargo u obligarle a realizar actos contrarios a las Leyes.

  • VIOLENCIA INTRAFAMILIAR. Violencia producida en la comunidad formada por individuos que son o se consideran parientes, unidos por consanguinidad, por afinidad, o por voluntad expresa o tácita; esta violencia puede ocasionarse en el ámbito doméstico o fuera de él.

  • VIOLENCIA OBSTÉTRICA. Aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo de las mujeres y de los procesos fisiológicos o patológicos presentes durante su embarazo, y las etapas relacionadas con la gestación. Es al mismo tiempo un trato deshumanizado que viola los derechos humanos de las mujeres.

  • VIOLENCIA MEDIÁTICA. Acción producida por los medios de comunicación social a través de publicaciones u otras formas de difusión o reproducción de mensajes, contenidos e imágenes estereotipadas que promuevan la cosificación, sumisión o ex taclé de m . que refuercen la naturalización de la violencia.

  • VIOLENCIA TELEMÁTICA. Difusión o publicación de mensajes, fotografías, audios, videos u otros que afecten la dignidad o intimidad de las mujeres a través de las actuales tecnologías de información y comunicación, incluido el uso de estos medios para promover la cosificación, sumisión o explotación de la mujer.

  • VIOLENCIA SIMBÓLICA. Mensajes, símbolos, íconos, signos que transmiten, reproducen y consolidan relaciones de dominación, exclusión, desigualdad y discriminación, naturalizando la subordinación de las mujeres.

  • VIOLENCIA INSTITUCIONAL. Actos u omisiones cometidos por funcionarias/os, de cualquier institución pública o privada, que tengan como fin retardar o impedir a las mujeres el acceso a servicios públicos o privados o que en la prestación de éstos se le agreda o brinde un trato discriminatorio o humillante.

  • VIOLENCIA CONTRA LA DIGNIDAD. Expresión verbal o escrita de ofensa o insulto que desacredita, descalifica, desvaloriza, degrada o afecta la dignidad de las mujeres, así como los mensajes públicos de autoridades, funcionarios o particulares que justifiquen o promuevan la violencia hacia las mujeres o su discriminación en cualquier ámbito.

Ramona Cardozo Balbuena, de 27 años, fue muerta tras recibir golpes de martillazos por parte de su concubino. Foto: Gentileza

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