Aguinaldo para quienes facturan: cuándo corresponde y por qué sigue generando conflictos laborales

Cada cierre de año activa la misma discusión en empresas, estudios jurídicos y contadores: ¿los trabajadores que emiten factura deben cobrar aguinaldo? Aunque parezca una duda resuelta, el tema continúa generando tensiones e incluso litigios judiciales.

Desde el Ministerio de Trabajo aclaran que el beneficio sí puede corresponder, pero solo cuando detrás de una aparente prestación independiente se esconde una relación laboral encubierta.

Un problema que crece: la delgada línea entre dependiente e independiente

El viceministro de Trabajo, César Segovia, explicó que muchas empresas optan por contratar mediante facturación para evitar las obligaciones de un contrato laboral. Sin embargo, la ley evalúa la realidad de los hechos antes que el documento.

Segovia recordó que, cuando una persona trabaja bajo instrucciones directas, cumple horarios impuestos, presta servicios de forma continua y lo hace únicamente para una empresa, existe subordinación. Y la subordinación es el elemento fundamental que transforma una prestación de servicios en una relación laboral.

“El uso de factura no elimina derechos. Si la dinámica del trabajo es propia de un empleo dependiente, el aguinaldo debe ser pagado como al resto de los trabajadores”, enfatizó

Un universo laboral que supera los números oficiales

Datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) y del Observatorio Laboral estiman que cerca de 1.900.000 trabajadores —entre formales e informales— deben percibir el aguinaldo antes del 31 de diciembre.

Esto incluye empleados públicos, privados, domésticos, obreros de la construcción, administrativos y también trabajadores informales cuyos empleadores deciden cumplir voluntariamente con la normativa.

El dato también muestra la magnitud del mercado laboral paraguayo y la cantidad de empleadores obligados a desembolsar este beneficio, que tiene carácter anual y constituye un derecho irrenunciable.

Quiénes quedan fuera del beneficio: los verdaderos independientes

Segovia aclaró que existen trabajadores que sí operan de manera independiente y por tanto no califican para recibir aguinaldo. Se trata de profesionales que prestan servicios a varias empresas, que organizan sus propios horarios y que no están sometidos a supervisión directa.

Abogados, contadores, diseñadores, consultores y técnicos especializados suelen entrar en este grupo. “En estos casos, la figura jurídica es la de un servicio independiente. No hay exclusividad ni subordinación, por lo que el aguinaldo no corresponde”, señaló.

Esta interpretación no es nueva: ha sido confirmada por resoluciones del Ministerio y sentencias del Tribunal Laboral, luego de reclamos presentados por trabajadores que buscaban el reconocimiento del vínculo laboral.

El impacto del incumplimiento: denuncias, multas y fiscalizaciones

Durante enero de este año, el Ministerio de Trabajo recibió 276 denuncias por falta de pago de aguinaldo, que involucraron a 232 empresas de distintos sectores.

De acuerdo con Segovia, aproximadamente el 35% regularizó de inmediato la situación, tras las primeras intervenciones. El resto fue derivado a procesos de fiscalización, que pueden terminar en multas y sanciones administrativas.

Las denuncias provienen mayormente de empleados de pequeñas empresas o comercios que alegan dificultades económicas para abonar el beneficio, y de trabajadores que facturan pero reclaman que, en la práctica, cumplen funciones como cualquier dependiente.

Un Código Laboral que ya no responde al Paraguay actual

El viceministro insistió en la necesidad de actualizar el Código Laboral, vigente desde 1993. En aquel entonces no existían los modelos de empleo que hoy predominan: plataformas digitales, trabajadores multipropósito, empleo remoto, ni la masificación del trabajo freelance.

La falta de regulación específica genera vacíos legales que dan lugar a conflictos y malas prácticas —como la figura del “falso independiente”— utilizada para eludir responsabilidades patronales.

“El mercado laboral cambió, pero la ley no. Y esto genera situaciones que terminan en denuncias, demandas o interpretaciones forzadas”, apuntó.

Un llamado a la formalización y al respeto de los derechos

Las autoridades recuerdan que el aguinaldo no es un bono voluntario, sino un derecho adquirido por el trabajador. También instan a las empresas a regularizar sus contratos y evitar esquemas que puedan considerarse fraudulentos o encubiertos.

Segovia concluyó destacando que el desafío actual no es solo fiscalizar, sino educar a empleadores y trabajadores sobre cuándo existe relación laboral y cuándo no, evitando así malos entendidos que terminan en conflictos evitables.