Anulan absolución de brasileño acusado de violencia y coacción grave a su esposa

Un ciudadano brasileño, Alcenir Rosso (43), que había sido absuelto tras ser acusado por agresión grave a su esposa, intento de asfixia, golpes a la cabeza y amenaza con arma de fuego, deberá ser sometido nuevamente a juicio porque fue anulada su absolución. El proceso contra el brasileño fue por violencia familiar y coacción grave.

El fiscal Fidel Godoy Florentín, de la unidad zonal de Minga Porã, consiguió que la Cámara de Apelaciones en lo Penal, primera sala, de Alto Paraná, anulara la sentencia absolutoria dictada por el Tribunal de Sentencia N° 7.

Mediante el Acuerdo y Sentencia N° 50, el Tribunal de Alzada, conformado por los magistrados Nilda Estela Cáceres, Marta Isabel Acosta y Raúl Insaurralde Galeano, ordenó la realización de un nuevo juicio oral y público con otro tribunal. La resolución se emitió tras la apelación presentada por el fiscal Fidel Godoy contra la sentencia definitiva N° 77.

El hecho que tendrá un nuevo juicio indica que el acusado mantuvo una relación de más de dos décadas con la víctima, marcada por violencia física y psicológica reiterada. Según la investigación fiscal, entre los años 2020 y 2021 la agresión se agravó, incluyendo golpes en la cabeza, intentos de asfixia y amenazas de muerte con arma de fuego, causando estrés postraumático a la afectada.

Asimismo, el presunto autor habría incurrido en coacción grave al exigir 27.000 dólares a la víctima para permitir su salida del país y apropiarse de su producción agrícola. Además, habría incumplido sistemáticamente las medidas de protección dictadas a favor de la víctima, reforzando el patrón de hostigamiento y sometimiento que caracteriza los hechos investigados, según la acusación del fiscal.

El Tribunal de Apelación dio curso a los argumentos del Ministerio Público, argumentando que el Tribunal de Sentencia había omitido el análisis de la coacción grave y falló en la fundamentación al desestimar sin argumentos válidos el testimonio de la víctima y las pericias psicológicas.

También destacó que la sentencia absolutoria no observó el marco legal de protección a la mujer, incluyendo la Ley N° 5.777/2016 y la Convención de Belém do Pará, las cuales exigen juzgar con perspectiva de género.

Fonte: La Nacion