La Cámara de Diputados sancionó el proyecto de ley que establece el pago de subsidios a comerciantes y cuentapropistas de ciudades limítrofes con Argentina.
Durante una sesión extraordinaria desarrollada este miércoles, la Cámara Baja aprobó el proyecto de ley “Que otorga subsidios excepcionales directos a trabajadores cuentapropistas en situación de informalidad, comerciantes y afines, ubicados en las ciudades de Encarnación, Alberdi, Puerto Falcón, Nanawa, Ayolas, Pilar, Paso de Patria, Humaitá, Cerrito, General Díaz, Mayor Martínez (Itá Corá), Villa Oliva, Villa Franca, Natalio (Puerto Triunfo), Mayor Otaño y San Rafael del Paraná, respectivamente”.
La medida tiene como principal finalidad brindar una asistencia económica a los propietarios de comercios y trabajadores informales de las localidades limítrofes con Argentina, en vista a la crisis generada como consecuencia del cierre de fronteras.
Para el efecto, se otorgará un subsidio de G. 3.000.000 por un plazo de tres meses (a partir de la aprobación de la ley) para comerciantes en general, personas jurídicas o físicas, debidamente identificados con la presentación del RUC y la Patente Comercial.
Asimismo, se estipula el pago de G. 500.000 a empleados en general y personal de apoyo de los comercios, trabajadores informales, cambistas, vendedores ambulantes, carretilleros, taxistas, guardias de seguridad y otros, esto también por el término de 3 meses.
Para el financiamiento del subsidio se faculta al Poder Ejecutivo la utilización del saldo no ejecutado previsto en la Ley Nº 6.680/2020, con un tope de hasta USD 10.000.000.
Con la aprobación del mencionado proyecto de ley queda suspendido el cuarto pago del subsidio del Programa Pytyvô 2.0 en las ciudades fronterizas con Argentina.
El Ministerio de Hacienda, en coordinación con los gobiernos departamentales y municipales, será el encargado de elaborar la lista de los beneficiarios que califiquen para recibir el subsidio, de acuerdo a los requisitos establecidos en el decreto reglamentario.
El documento pasa ahora al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto.
Fonte: HOY

