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sexta-feira, 30 de outubro, 2026

Corte confirma pena de 5 años de cárcel al ex diputado Miguel Cuevas por enriquecimiento

La Sala Penal de la Corte declaró inadmisible el recurso de casación promovido por la defensa del ex diputado colorado Miguel Jorge Cuevas, con lo que confirmó la condena de 5 años de cárcel, por enriquecimiento, más el comiso especial de sus bienes y el comiso sustitutivo a más de la inhabilitación para el ejercicio en la función pública.

Fue fallo dividido de los ministros Eugenio Jiménez Rolón, Gustavo Santander y María Carolina Llanes, quienes declararon inadmisible el recurso extraordinario de casación promovida por el abogado Guillermo Duarte Cacavelos, defensor del ex legislador.

No obstante, está aún pendiente de resolución una acción de inconstitucionalidad promovida contra el rechazo del recurso de apelación planteado contra la resolución que elevó el caso a juicio oral. Esto es analizado por los ministros de la Sala Constitucional de la Corte.

La defensa había atacado el acuerdo y sentencia del Tribunal de Apelación Penal, Cuarta Sala, del 26 de diciembre del 2023, que, a su vez, confirmó la sentencia dictada en el juicio oral del 15 de setiembre del 2023, por los jueces Elsa García, Yolanda Morel y Jesús Riera.

Los jueces habían entendido que existió enriquecimiento ilícito por parte del ex diputado por la suma de G. 1.934.584.283, que difería de lo que había señalado el agente fiscal Luis Piñánez, que sostuvo la acusación del Ministerio Público.

En la sentencia se había dispuesto el comiso de cuatro propiedades, todas en el Distrito de Sapucai, a más del comiso especial de valor sustitutivo por el citado monto hallado como enriquecimiento. Se aclaró que no se comisó la casa familiar, porque se halla a nombre del hijo.

La casación planteada

En su recurso extraordinario, Duarte Cacavelos sostuvo que el fallo tenía deficiente fundamentación, en lo que respecta a varios cuestionamientos de las defensas, a más de la omisión de pronunciamiento de otros puntos.

En uno de los puntos, señaló que los jueces omitieron en la sentencia insertar las decisiones de los recursos de reposición planteados durante el juicio oral, entre ellos, el rechazo de la pericia y las expresiones del perito Javier González.

Además, sostuvo que se vulneró el principio de congruencia entre la acusación, los alegatos iniciales, alegatos finales y la sentencia definitiva, especialmente respecto al rubro de los egresos de Miguel Cuevas. Esto modificaron sustancialmente los hechos acusados.

También dijo que hubo fundamentación contradictoria por violación de las reglas de la sana crítica, respecto a elementos probatorios de valor decisivo. Además, que los camaristas no se refirieron a la ilegalidad de la inclusión probatoria, la valoración de la pericia y la falta de fundamentación sobre el perito Javier González.

Los ministros

El ministro Eugenio Jiménez Rolón señaló que los cuestionamientos no se hallan correctamente fundados por la defensa, sino que denotan la disconformidad con el sentido del fallo.

Esto no es suficiente para considerar que el recurso está motivado. Con ello, entiende que el recurso debe ser declarado inadmisible.

A este voto se adhirió su colega Gustavo Santander, con lo que alcanzaron la mayoría para que sea declarado no admisible para su estudio.

Por su parte, la ministra Carolina Llanes votó por admitir el estudio del recurso. Al contrario de lo que dice Jiménez, los argumentos no se limitan a expresar una mera disconformidad con el resultado del proceso, sino que comprenden denuncias concretas relacionadas con fundamentación de los fallos, falta de congruencia, legalidad de las pruebas.

Sin embargo, al haber mayoría en declarar la inadmisibilidad, la ministra ya no se pronunció respecto a los pedidos. De esta manera, confirman la resolución dictada en el juicio oral.

Fonte: Ultima Hora