El Poder Ejecutivo dio a conocer el nuevo decreto con las medidas sanitarias que entrarán en vigencia desde este miércoles 25 de agosto e irán hasta el 7 de septiembre. A continuación los detalles.
Se trata del Decreto Nº 5885, por el cual se establecen medidas específicas en el marco del plan de levantamiento de gradual del aislamiento preventivo general en el territorio nacional por la pandemia del coronavirus (COVID-19) a partir del 25 de agosto hasta el 7 de septiembre del 2021.
El nuevo decreto establece que dentro de la vigencia del mismo, los habitantes podrán realizar sus desplazamientos, con las excepciones dispuestas, desde las 05:00 hasta las 02:00 horas.
Se mantienen las excepciones para los sectores imprescindibles (24 horas) y las medidas sanitarias para el sector gastronómico y los comercios.
Como el anterior decreto, todos los funcionarios públicos tendrán horario laboral de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas.
Las instituciones educativas estarán sujetas al “Protocolo y guía operativa para el retorno seguro a instituciones educativas 2021” en lo referente a la autorización a docentes para asistir de manera presencial en todas las instituciones educativas en donde cumplen funciones; y a la ampliación de la cantidad máxima de integrantes de los grupos burbujas conforme al espacio físico del cual se disponga, debiendo garantizar en todos los casos el distanciamiento físico de 1,5 a 2 metros entre personas.
Las instituciones de educación superior podrán impartir clases en la modalidad semipresencial conforme al protocolo aprobado por el Ministerio de Salud, siempre y cuando cuenten con el parecer favorable del CONES.
En los encuentros en residencias particulares, estarán permitidos con un máximo de 25 personas presentes incluyendo los convivientes, cumpliendo las medidas sanitarias establecidas.
Se estipula además que en los eventos sociales podrán participar hasta 200 personas en espacios cerrados con ventilación adecuada, y hasta350 personas en espacios al aire libre. No se podrán combinar espacios abiertos y cerrados.
Asimismo, se permitirán los eventos infantiles conforme al protocolo aprobado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
A su vez, las actividades del sector cultural y creativo y los actos de culto se podrán realizar con la presencia de hasta el 50 % de la capacidad del lugar.
También se estipula que el Ministerio de Salud en coordinación con la SND pueda autorizar la presencia de público en los estadios, conforme con el protocolo previamente aprobado por la cartera sanitaria.
Se permite además la práctica deportiva colectiva de entretenimiento, participación y competencias cumpliendo las medidas sanitarias de Salud y la Secretaría Nacional de Deporte.
Se permiten las clases grupales en academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios cerrados y abiertos, garantizando 4 metros de distancia entre persona.
Además, están permitidas las actividades recreativas y deportivas en espacios al aire libre realizadas por niños y niñas.
Fonte: HOY

