Reproducción asistida: ¿Con lagunas legales en Paraguay?

Un fallo judicial a favor de un controvertido caso de fecundación in vitro en nuestro país abrió el debate acerca de los marcos legales en que se rige la reproducción asistida en Paraguay. El “caos jurídico” dejó una interrogante clara: ¿qué tan preparada está la legislación para afrontar este tipo de situaciones?

04/12/2018 13h20 – ultimahora

El tema cobró protagonismo luego de que un Tribunal de Apelación de la Adolescencia revocara la resolución de una jueza que falló en contra del amparo presentado por una mujer, a quien se le negó continuar con una fecundación in vitro porque su ex pareja había desistido.

La Justicia, que esta vez salió a favor de la mujer, autorizó a que la Clínica Gibir diera continuidad al mencionado proceso de fecundación, pese a la negación del progenitor.

El argumento se basó en el artículo 14 numeral 18 del Código Penal Paraguayo, en el que se expresa que el feto es un embrión del ser humano hasta el momento del parto, es decir, que el feto está equiparado al embrión.

Continuamente, hicieron mención al artículo 109 del mismo código legal, en el que se puede leer sobre el aborto: “El que matare un feto será castigado con pena privativa de libertad hasta cinco años”, ergo, el que matare un embrión debería de correr con la misma sanción.

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Trascribiendo las leyes todo parece calzar, pero aún quedan cabos sueltos. El doctor Pablo Guanes, quien llevará adelante el proceso, explicó que para la fecundación in vitro se extraen varios óvulos, a fin de a contar con más embriones, en caso de no concretarse el embarazo en un único procedimiento.

Siendo así, la paciente en cuestión cuenta con cuatro embriones que fueron sometidos al debido proceso para la implantación, pero dos de ellos se encuentran genéticamente dañados. Esto quiere decir que podrían dar lugar a un embarazo inviable.

“Los dos embriones que, según el informe genético, están sanos van a ser implantados. Los otros dos no sanos se quedan congelados con nosotros hasta que la medicina decida qué hacer con ellos”, comentó a radio Monumental 1080 AM.

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La solución legal da luz verde al procedimiento, pero, médicamente, solamente dos están aptos para la fecundación. Así, ¿qué ocurre con los otros dos?

El profesional señaló que, básicamente, se los dejará en stand by y a la espera de una solución científica. Resaltó que “los cuatro embriones tienen derecho a la vida, más allá de los problemas genéticos que tengan y más allá de la justicia”.

Guanes cuestionó la falta de una legislación clara para los casos de reproducción asistida que también ampare a los médicos, atendiendo al “vacío legal” en el que se encuentra.

Además, el médico hizo hincapié en que, años atrás, las esperanzas para solucionar un problema genético eran nulas. Sin embargo, con los avances de la ciencia médica, dijo que sí se tienen alternativas.

Modificación genética
Días atrás, la noticia de los bebés que fueron manipulados genéticamente recorrió el mundo, dejando a su paso aplausos y críticas en contra.

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Los científicos chinos que aseguraron haber hecho esto utilizaron la técnica del CRISPR/Cas9 en dos gemelas para hacerlas resistentes a enfermedades como el VIH, el cólera o la viruela.

He Jiankui, investigador a cargo, dijo que la modificación da a las niñas la habilidad natural para resistir a una posible futura infección al VIH.

El desarrollo de este plan, que utiliza tecnología prohibida en Estados Unidos y Europa, podría generar controversia, ya que, donde algunos científicos ven una nueva forma de medicina que elimina las enfermedades genéticas, otros ven una forma de eugenesia.

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