Mientras que 11 comunas están aplazadas y 205 cumplen la Ley de Transparencia a medias.
13/01/2020 06h10 – HOY
LO QUE DICE LA LEY 5189/14
El artículo 3 de la norma expresa que se debe publicar desde la estructura orgánica, funciones de cada una de las dependencias con sus respectivos datos como dirección y teléfono, la nómina completa de los funcionarios permanentes, contratados y de elección popular.
En el último punto se deben incluir salarios, dieta o sueldos que corresponden a cada cargo, gastos de representación, bonificaciones, premios y gratificaciones especiales.
En el artículo 6 dice que los datos deberán ser actualizados de forma mensual hasta quince días hábiles del mes posterior.
MULTAS
El artículo 8 de la ley señala que las autoridades que incumplan la obligación de informar serán castigadas con 180 días de multa. En ese sentido, la multa asciende a la suma de G. 12.628.073.
En el registro de depósitos realizados por los organismos y entidades del Estado en el fisco, figuran dos municipios con las multas más altas. En primer lugar aparece la intendencia de Yguazú con multas que suman G. 77 millones y, en segundo lugar, la comuna de Minga Guazú con una sanción de G. 39 millones.
En lo que respecta al departamento Central, aparece la intendencia de Fernando de la Mora, con una multa de G. 25.256.146.
Actualmente, la SFP monitorea el grado de cumplimiento de la Ley de Transparencia durante los dos últimos meses de 2019, pero generalmente los resultados no varían.
LO QUE DICE LA LEY 5189/14
El artículo 3 de la norma expresa que se debe publicar desde la estructura orgánica, funciones de cada una de las dependencias con sus respectivos datos como dirección y teléfono, la nómina completa de los funcionarios permanentes, contratados y de elección popular.
En el último punto se deben incluir salarios, dieta o sueldos que corresponden a cada cargo, gastos de representación, bonificaciones, premios y gratificaciones especiales.
En el artículo 6 dice que los datos deberán ser actualizados de forma mensual hasta quince días hábiles del mes posterior.
MULTAS
El artículo 8 de la ley señala que las autoridades que incumplan la obligación de informar serán castigadas con 180 días de multa. En ese sentido, la multa asciende a la suma de G. 12.628.073.
En el registro de depósitos realizados por los organismos y entidades del Estado en el fisco, figuran dos municipios con las multas más altas. En primer lugar aparece la intendencia de Yguazú con multas que suman G. 77 millones y, en segundo lugar, la comuna de Minga Guazú con una sanción de G. 39 millones.
En lo que respecta al departamento Central, aparece la intendencia de Fernando de la Mora, con una multa de G. 25.256.146.
Actualmente, la SFP monitorea el grado de cumplimiento de la Ley de Transparencia durante los dos últimos meses de 2019, pero generalmente los resultados no varían.



