A esferas de la Cámara de Diputados fue presentado un proyecto de ley que plantea que todas las aeronaves incautadas, que hayan cometido algún tránsito ilícito, pasen al Estado y sean utilizadas para evacuaciones, búsquedas o rescates. El documento será debatido en las comisiones asesoras de la Cámara de Diputados al reinicio del año legislativo.
La iniciativa fue planteada por el diputado liberal Luis Federico Franco, y pretende que todas las incautaciones de aeronaves, que hayan sido sorprendidas en tránsito ilícito o vinculadas al narcotráfico, las mismas, posteriormente, tengan una mejor utilidad, en beneficio de la sociedad paraguaya.
El proponente considera necesario aprobar un instrumento normativo que defina, dentro del marco de la Constitución y la ley, la situación de los bienes incautados durante la comisión de hechos ilícitos, desde la incautación hasta la fase de ejecución de la sentencia.
Esta iniciativa busca evitar la pérdida o daño total de dichas aeronaves y darles “una mejor utilidad, en beneficio de la sociedad”. El texto señala que, de un tiempo a esta parte, las aeronaves utilizadas en la comisión de hechos ilícitos, que son incautadas y depositadas por orden judicial o fiscal en el predio de la Fuerza Aérea Paraguaya, sufren daños y deterioros por el paso de los meses (o de los años), teniendo en cuenta la situación de “depósito” y el alto costo de mantenimiento y conservación.
“La Fuerza Paraguaya podría dar una óptima utilización a dichas aeronaves para el adiestramiento de su personal, para su utilización en evacuaciones aerodinámicas, para servicios de búsqueda y rescate o para la prestación de otro tipo de servicio de interés social”, dice la exposición de motivos.

Establece que las aeronaves sorprendidas en tránsito ilícito dentro del territorio de la República serán incautadas de conformidad a las disposiciones del Código Aeronáutico, la presente ley, y sus reglamentaciones, por orden judicial o fiscal.
El artículo 2º dispone que el juez de la causa ordenará la entrega inmediata de la aeronave a la Fuerza Aérea en carácter de Depósito Judicial, pudiendo la autoridad Aeronáutica Militar usufructuar dichas aeronaves a título gratuito.
Otro artículo establece que la investigación preliminar del hecho que haga presuponer la existencia de aeronaves en tránsito ilícito, será realizada en un plazo no mayor de 30 días.
Transcurrido ese plazo sin que una persona física o jurídica realice reclamo alguno sobre la titularidad de la aeronave objeto de la investigación, el magistrado judicial deberá dictar resolución declarando la pérdida de dominio y la extinción de los derechos de posesión sobre la misma, ordenando la cancelación de la matrícula correspondiente y la transferencia a favor del Estado paraguayo – Ministerio de Defensa Nacional – Comando de la Fuerza Aérea.
Reembolsos o compensaciones
En caso de desestimación de la demanda, liberación y entrega de las aeronaves incautadas, dispuestas por sentencia firme y ejecutoriada del Juzgado de la causa, a favor de quien acredite la titularidad de dicha aeronave, establece, además, que el Juzgado pertinente ordenará dicha entrega previo pago a la Fuerza Aérea Paraguaya de los costos del procedimiento de interceptación, traslado, hangaraje, custodio y mantenimiento, durante el tiempo que permaneció en carácter de depositario judicial, según refiere el proyecto.
Las aeronaves que se encontraren en carácter de custodia judicial, a cargo de la Fuerza Aérea Paraguaya, permanecerán en dicho estado por 30 días más, a contabilizar desde la fecha de promulgación de la normativa. Vencido el plazo, quedarán en carácter de depositario judicial con los alcances inherentes a la presente ley.
Fonte: La Nacion


