Decreto amplía intervención militar y abre pulseada jurídica

La decisión del presidente Santiago Peña de extender el despliegue de las Fuerzas Armadas a tareas de defensa interna en la Región Oriental marca un punto de inflexión en la política de seguridad del país. El decreto, ya vigente, habilita el uso de “elementos de combate” en operaciones dentro del territorio nacional más allá de las zonas fronterizas y del Chaco, donde tradicionalmente se concentraba la presencia militar en este tipo de funciones.

El Gobierno fundamenta la medida en reportes de inteligencia que alertan sobre la expansión de estructuras criminales con alcance transnacional. Sin embargo, el decreto generó un fuerte cuestionamiento jurídico, encabezado por el constitucionalista y exsenador Hugo Estigarribia, quien sostiene que la disposición vulnera principios establecidos en la Constitución Nacional.

Un cambio de alcance territorial y operativo

El documento presidencial no solo ratifica la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad interna, sino que redefine su ámbito geográfico, incorporando expresamente a la Región Oriental como zona de intervención.

Hasta ahora, la presencia militar en operaciones de este tipo se encontraba focalizada principalmente en áreas estratégicas como el Chaco y regiones limítrofes, bajo la premisa de reforzar el control territorial ante amenazas específicas. Con el nuevo decreto, el despliegue adquiere un carácter más amplio y permanente.

En términos operativos, la medida fortalece el accionar del Comando de Defensa Interna (CODI), aumentando efectivos y consolidando una estructura que articula el trabajo entre fuerzas militares y otras instituciones del Estado.

El contexto: crimen organizado y secuestros

La ampliación del rol militar ocurre en un escenario marcado por hechos de alto impacto, como el secuestro del productor de soja Almir De Brum Da Silva en Curuguaty, departamento de Canindeyú. Este episodio reactivó las alarmas sobre la presencia de grupos armados y organizaciones criminales en zonas rurales.

El Ejecutivo sostiene que informes de inteligencia —respaldados por una nota remitida por el ministro del Consejo de Defensa Nacional (Codena), Cíbar Benítez Cáceres— confirman la existencia de miembros de agrupaciones ilegales en distintos departamentos de la Región Oriental.

Según la argumentación oficial, estas organizaciones estarían vinculadas al crimen organizado transnacional, actividades terroristas y delitos conexos, y habrían aprovechado vacíos en la coordinación entre Fuerzas Armadas y Policía Nacional.

Para el Gobierno, la ampliación del despliegue militar constituye una respuesta estratégica frente a amenazas que superan la capacidad operativa tradicional de la fuerza policial.

El núcleo del cuestionamiento: límites constitucionales

El eje del debate se centra en la constitucionalidad de la medida. El constitucionalista Hugo Estigarribia afirmó que el decreto contradice la Carta Magna al otorgar atribuciones de orden interno a las Fuerzas Armadas.

Según explicó, la Constitución establece con claridad que la seguridad interna es competencia de la Policía Nacional, mientras que las Fuerzas Armadas tienen como misión principal la defensa de la soberanía y la integridad territorial frente a amenazas externas.

Para Estigarribia, el decreto altera ese diseño institucional mediante una disposición de rango inferior. “Se está dictando una norma contraria a la Constitución”, advirtió, señalando que la medida podría encuadrarse incluso como causal de mal desempeño presidencial.

El jurista fue enfático al remarcar que un decreto no puede modificar el alcance de competencias fijadas por la Constitución. “Se trata de una inconstitucionalidad evidente”, sostuvo.

¿Puerta a la judicialización?

Estigarribia señaló que existen mecanismos legales para impugnar la decisión ante la Corte Suprema de Justicia. Gobernadores e intendentes, indicó, podrían promover acciones de inconstitucionalidad si consideran que la norma vulnera el orden jurídico vigente.

Este escenario abre la posibilidad de que la controversia se traslade al máximo tribunal, donde se debería analizar si el Ejecutivo actuó dentro de sus atribuciones o si efectivamente excedió los límites constitucionales.

La eventual judicialización no solo tendría impacto en la política de seguridad actual, sino que podría sentar un precedente sobre el alcance de los decretos presidenciales en materia de defensa interna.

Advertencia sobre el uso en protestas sociales

Uno de los puntos más sensibles del planteamiento de Estigarribia es la posibilidad de que el decreto sea utilizado en contextos de movilización social.

El constitucionalista expresó su preocupación por el riesgo de que la ampliación del rol militar derive en intervenciones orientadas a contener o reprimir manifestaciones. “Se les está otorgando un poder de orden interno que por Constitución no tienen”, insistió.

Desde su perspectiva, la medida no solo representa un debate técnico sobre competencias institucionales, sino que podría afectar derechos fundamentales vinculados a la libertad de reunión y expresión.

Seguridad pública y equilibrio institucional

El Gobierno sostiene que la expansión del despliegue militar responde a una amenaza real y creciente, que requiere una respuesta coordinada y contundente. En esa línea, argumenta que la cooperación entre Fuerzas Armadas y Policía Nacional es clave para enfrentar organizaciones con logística, financiamiento y capacidad operativa sofisticada.

No obstante, el debate pone en tensión dos principios: la necesidad de garantizar la seguridad pública y el respeto irrestricto al marco constitucional.

Para Estigarribia, la urgencia en materia de seguridad no puede justificar la alteración del diseño institucional previsto por la Constitución. “El orden interno es competencia exclusiva de la Policía Nacional”, reiteró.

Un debate que trasciende la coyuntura

Más allá del caso puntual que detonó la medida, la discusión reabre un debate histórico en Paraguay sobre el rol de las Fuerzas Armadas en tiempos de paz.

La ampliación de competencias militares en seguridad interna plantea interrogantes sobre los límites del poder Ejecutivo, la división de funciones entre instituciones y el equilibrio democrático.

Mientras el decreto ya está en plena vigencia, el escenario político y jurídico se mantiene abierto. El eventual pronunciamiento de la Corte Suprema —si prosperan acciones de inconstitucionalidad— podría redefinir el alcance de la medida.

Por ahora, el país se encuentra ante una decisión que combina argumentos de seguridad con cuestionamientos constitucionales de fondo, en una discusión que promete ocupar el centro del debate público en las próximas semanas.