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quarta-feira, 21 de outubro, 2026

Receita Federal: Cota de US$ 500 no rige para el “Delivery fronterizo”

Amambay AM – 06h10

El 24 de marzo, Paraguay cerró todas las fronteras a los viajeros y canceló los vuelos de aviones comerciales y privados desde el extranjero, para que los turistas no puedan ingresar a su territorio.

En consecuencia, durante el período de la pandemia, no es posible traer bienes del país vecino como equipaje, y la tarifa de exención de $ 500 no se aplicará.

La ordenanza núm. 125, de 19 de marzo de 2020, de la Presidencia de la República / Casa Civil, prohibió la entrada de extranjeros al país, pero no impidió que los brasileños se fueran al extranjero.

Ocurre que, específicamente en relación con la República del Paraguay, se estableció el Decreto 3465, de 17 de marzo de 2020, por el cual solo se autoriza el procedimiento de migración para “miembros de misiones diplomáticas y organizaciones internacionales con entrada autorizada, nacional y extranjera. residentes de Paraguay ”, además de restringir su salida del territorio nacional.

Posteriormente, a partir del 24 de marzo, se cerraron todas las fronteras a los viajeros y se cancelaron los vuelos para aviones comerciales y privados desde el extranjero.

Por lo tanto, no es posible que los turistas ingresen al territorio paraguayo, por lo que existe una imposibilidad legal total de declarar los bienes de los brasileños como equipaje.

En este sentido, no se aplica la tarifa de exención de US $ 500.00 prevista en el régimen fiscal especial para el equipaje acompañado.

Como resultado, mientras las medidas impuestas por el gobierno del país vecino estén vigentes, cualquier activo de origen extranjero encontrado con un brasileño en el área del municipio de Ponta Porã o cualquier otro municipio en el país que ha ingresado en la frontera Brasil / Paraguay se considerará irregular, la pérdida de la mercancía y la aplicación de las medidas penales pertinentes que sean aplicables.

Cabe señalar que el art. 5, III de la Ordenanza Nº 125/2020, a pesar de permitir que el “tráfico de residentes de ciudades gemelas con una línea fronteriza exclusivamente terrestre” no tenga el poder, por sí solo, de respaldar la adquisición de bienes en el extranjero en contra de los requisitos de orden público del gobierno paraguayo.

En cuanto a las admisiones temporales de vehículos, dado que no se especificaron los requisitos para la restricción, Aduana de Ponta Porã continúa realizando esta tarea, en relación con los brasileños que han abandonado definitivamente el país y conducen una matrícula extranjera.